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C. Valenciana — Subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial

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¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial en la Comunidad Valenciana.

Objetivo de la ayuda

Apoyar el inicio y consolidación del proyecto empresarial. El proyecto empresarial debe estar relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. Considerados los siguientes:

  • Transporte, movilidad sostenible y logística.
  • Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial.
  • Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables.
  • Agrario y alimentario.
  • Mundo rural y Smart cities.
  • Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
  • Turismo y hostelería.
  • Servicios financieros e inmobiliarios.
  • Deporte, salud, bienestar y estética.
  • Economía de los cuidados.
  • Sector aeroespacial.
  • Educación.

Características de la ayuda para personas emprendedoras y pymes en su proyecto empresarial

➡️ Plazos

Desde el 10 de junio, hasta el 10 de julio de 2024.

➡️ Montos

Presupuesto de la convocatoria: importe inicial máximo de 1.500.000 €.

Límite máximo de subvención por beneficiario 15.000 €. 

Se aplicará el porcentaje del 70 % al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.

La ayuda minimis final a conceder no podrá suponer que la suma de las ayudas minimis concedidas a la misma empresa beneficiaria, considerada como única empresa, durante cualquier periodo de tres años sea superior a 300.000 €.

➡️ Gastos subvencionables

  • Gastos laborales de personal propio y anticipos societarios.
  • Gastos de contratación de colaboraciones externas.
  • Asesoría jurídica y gastos notariales y registrales para la realización del proyecto subvencionado.
  • Alquiler de locales.
  • Servicios de publicidad, difusión y marketing.

➡️ Requisitos para la presentación

  • Las ayudas no podrán destinarse a inversiones ni a adquisiciones patrimoniales.
  • Tendrán la consideración de gastos subvencionables los estrictamente necesarios del proyecto y hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024.
  • Se valorará si como resultado del proyecto empresarial, se produce una reducción del consumo de materias primas, la implantación de la economía circular, la mejora de la eficiencia energética, la reducción de residuos o contaminantes o de la huella de carbono. Que el proyecto fomente la integración laboral de personas con dificultades de acceso al mercado de trabajo. Que el proyecto tenga repercusión en municipios con riesgo de despoblación

Beneficiarios

Emprendedores y pymes.

 

Puedes consultar aquí las bases.

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Déjanos tus datos y te contactamos!

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