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Guía sobre las Bonificaciones al Personal Investigador. Actualización 2024

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Probablemente, hayas oído hablar de las bonificaciones sobre la cuota de la Seguridad Social por personal investigador, pero tienes dudas de cómo van y si se pueden aplicar a tu empresa.

En esta guía encontrarás toda la información que necesitas para empezar a bonificar al personal investigador de tu organización.

¿En qué consiste las Bonificaciones por Personal Investigador?

La bonificación por personal investigador es un incentivo de ahorro fiscal, no tributario, cuyo objetivo es la contratación y el mantenimiento de los empleados con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i.

Este incentivo, regulado por el RD 475/2014, consiste en una bonificación del 40% sobre el importe de la cuota de la Seguridad Social del personal investigador de tu empresa y supone un ahorro mensual inmediato desde el momento en que se realiza el alta del trabajador como personal investigador.

Además, si la empresa posee el Sello pyme innovadora este incentivo es totalmente compatible con las Deducciones Fiscales por I+D+i.

Pongamos por ejemplo una pyme de fabricación de muebles con 100 trabajadores y con un departamento de prototipado de nuevos muebles, con 8 de sus empleados dedicados a la innovación que tienen tareas de diseño y desarrollo y materialización de prototipos. ¿Conoces los requisitos necesarios para que se les de alta como personal investigador? Ahora los veremos.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir tus trabajadores para que percibas este incentivo?

Los requisitos que tiene que cumplir el trabajador para darse de alta como personal investigador son:

  • Estar incluido en los Grupos de Cotización 1, 2, 3 y 4.
  • Disponer de un contrato con carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado, con una duración mínima de tres meses.
  • Desarrollar actividades de I+D+i según se define el Artículo 35 de la Ley Impuesto de Sociedades
  • Tener dedicación exclusiva de entre el 85% y 100% a actividades técnicas de I+D+i, pudiendo dedicar hasta el 15% restante a actividades como formación, divulgación, etc. enfocadas a la I+D+i.

¿Qué condicionantes tiene?

  • No se podría percibir este incentivo por los técnicos que no cumplan los requisitos antes descritos. Pero hay otros excluyentes:
  • El trabajador que no esté dedicado 100% a proyectos de I+D+i, (con hasta un 15% de ese tiempo dedicado a formación y divulgación).
  • El trabajador que haya sido contratado por Organismos Públicos y que la empresa esté exenta del Impuesto de Sociedades. (Ej: Fundaciones exentas de IS)
  • Personal ya sujeto a una RLCE (Deportistas de élite, toreros, etc.)
  • Personal cuyo tipo de cotización se identifique con el “Código ocupación A”.
  • No se puede aplicar las bonificaciones al técnico, por el cual, su contratación ya está subvencionada o financiada específicamente por fondos públicos (Ej: Torres Quevedo,etc.)

Continuando con el ejemplo, nuestra empresa tiene 8 trabajadores, todos con contratos indefinidos, que son ingenieros y ayudantes titulados y no titulados (grupos de cotización 1, 2 y 4) con dedicación exclusiva a la investigación sobre ergonomía y desarrollo de muebles de oficina, con lo que pueden estar dados de alta como personal investigador y percibir estos incentivos.

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Bonificaciones-y-deducciones

¿Cuáles son los requisitos de las empresas?

Se puede aplicar a cualquier sector. La innovación tecnológica comprende cualquier actividad que cuenta con una novedad subjetiva para la empresa, el área, el sector o el proyecto en sí.

La empresa tiene que estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda.

Requisitos dependiendo del número de trabajadores:

  • Si la empresa tiene un máximo de 9 trabajadores dados de alta como personal investigador no es necesario una certificación de la actividad de los trabajadores.
  •       La empresa que quiera aplicar este incentivo a 10 o más empleados durante más de 3 meses, está obligada a solicitar un IMV tipo D (Informe técnico del personal investigador) para presentarlo con ante la Tesorería General de la Seguridad Social con un plazo de 6 meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se han aplicado las bonificaciones. Este informe es relativo al cumplimiento en dicho período de la condición de personal investigador con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i e innovación tecnológica. Puedes encontrar toda la información relevante sobre Informes Motivados Vinculantes (IMV) aquí.

Concurrencias de cuantía máxima de las bonificaciones por personal investigador:

–        En ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables puede superar el 100% de la cuenta empresarial a la Seguridad social.

–        No podrán bonificarse en concurrencia con otras medidas que superen el 60% del coste salarial anual del contrato que se bonifica.

Compatibilidad entre bonificaciones y deducciones.

–        Es necesario el sello Pyme Innovadora para que sea compatible con las Deducciones Fiscales por I+D+i. En caso de no poseerlo, este incentivo es compatible para la empresa, siempre que no se apliquen ambos incentivos (deducciones y bonificaciones) sobre el mismo trabajador.

–        La bonificación es aplica antes que la deducción, ya que la bonificación se aplica inmediatamente y la deducción al menos un año después.

Nuestra empresa de muebles, al tener 8 empleados como personal investigador, no está obligada a solicitar un IMV.

Actualización 2024

La investigación y la innovación son fundamentales para el desarrollo económico y social de cualquier país. Por ello, en 2023 se han adoptado una serie de cambios, entre las que se encuentra el Real Decreto-Ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, entre las que se incluyen nuevas bonificaciones para el personal investigador.

Puedes encontrar más información aquí sobre los cambios que el RDL 1/2023 supone en cuando a las bonificaciones por contratación de personal investigador.

¿Cómo hacemos para conseguir estas bonificaciones por personal investigador?

Desde IDavinci identificamos la mejor estrategia para que obtengas el mayor ahorro posible.

Identificamos todas las actividades y proyectos de I+D+i: Para comenzar deberíamos identificar cuáles son las actividades o proyectos de I+D+i que ha desarrollado la empresa.

Análisis del personal: Analizamos e identificamos cuáles son los perfiles más idóneos para solicitar la bonificación.

Informe justificativo: Creamos un informe donde recogemos los proyectos y actividades de I+D+i del personal bonificado para justificar su legalidad ante una posible inspección de trabajo.

Verás el ahorro mensualmente: A final de cada mes verás el ahorro sobre las contingencias comunes de la Seguridad Social del personal bonificado.

Los trámites en la tesorería de la Seguridad Social los aplica la empresa o su gestoría. Se deberán comunicar los cambios a Tesorería para dar de alta al trabajador como Personal Innovador.

Nos ponemos en contacto con la gestoría o el responsable de la empresa para aplicar este cambio y llevar un seguimiento administrativo de la documentación que se va generando de los trabajadores.

IDavinci acompaña a la empresa en la justificación mensual de la bonificación: trabajamos como auditores internos en el seguimiento de la bonificación de la empresa, una vez termine el mes saliente IDavinci remite un resumen en forma de checklist, con un resumen de la documentación recibida.

Para finalizar con nuestro ejemplo, los 8 empleados con una base media mensual de cotización a la Seguridad Social de 2.600€, durante 12 meses tendrían un ahorro anual en las contingencias comunes de la Seguridad Social de 23.562€. ¿Quieres que valoremos el caso de tu empresa? Contacta con nosotros sin compromiso.

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