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Programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III – PERTE VEC) — Nacional

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¡Atención! Ya están aquí los incentivos MOVES III, ligados al PERTE VEC.

Objetivo de la ayuda

Incentivar la movilidad eléctrica y particularmente, la compra de vehículos eléctricos y el despliegue de infraestructura de recarga para estos vehículos, promoviendo la «descarbonización» del sector transporte, mediante el fomento de la electrificación de la movilidad.

Líneas de subvención/actuación

  • Actuación 1: adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
  • Actuación 2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

Características de los incentivos MOVES III (PERTE VEC)

➡️ Plazos

Hasta el 31 de julio de 2024.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: ampliado a 1.200 M€, de los cuales 876 M€ han sido ya transferidos a las comunidades autónomas, responsables de su reparto final.

  • Actuación 1: Para el caso de particulares hasta los 7.000 € (9.000 con achatarramiento) en el caso de comerciales de hasta 3.500 kg —categoría N1— y hasta los 4.500 € (7.000 con achatarramiento) en el caso de vehículos turismos —categoría M1—.
  • Actuación 2:Personas físicas hasta 5.000 €; el resto de los destinatarios hasta 800.000 €.

En ningún caso, la ayuda concedida a una empresa excederá del 40% del presupuesto total del régimen de que se trate.

➡️ Gastos subvencionables

  • Actuación 1:
    • Los vehículos incentivables serán de categorías M1 (turismos), N1 (furgonetas), L3e, L4e, L5e (motocicletas eléctricas) y L6e, L7e (cuadriciclos eléctricos), debiendo figurar en la Base de Vehículos del IDEA.
    • También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e y con hasta nueve meses de antigüedad.
  • Actuación 2:
    • Infraestructura de recarga para uso privado en sector residencial, uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
    • También para uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos, y uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.

Beneficiarios

  • Entidades públicas.
  • Autónomos.
  • Particular/Familias.
  • Pymes.
  • Otras sin ánimo de lucro.

 

Puedes consultar aquí las bases.

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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