¡Atención! Ya llega el PERTE VEC III para proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico.
Objetivo de la ayuda
La producción de baterías del vehículo eléctrico, sus componentes esenciales y la producción o recuperación de materias primas fundamentales necesarias.
Se financiarán proyectos de creación de establecimientos industriales, ampliaciones de capacidad de producción en centros existentes y reconversión de líneas existentes.
Líneas de subvención
- Línea 1: producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico.
- Línea 2: proyectos destinados a la producción de componentes esenciales
- Línea 3: proyectos destinados a la producción de materias primas fundamentales esenciales
Características del PERTE VEC III
➡️ Plazos
Desde el 17 de junio de 2024, hasta el 19 de julio de 2024.
➡️ Montos
Presupuesto de la convocatoria: 300.000.000 €, de los que 100.000.000 € serán en forma de préstamos y 200.000.000 € en forma de subvención.
- El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada plan de inversión será de 10.000.000 €.
- Plazo de amortización: diez años, con un plazo de carencia de tres años.
- Tipo de interés de aplicación: del 2,88%.
Intensidades máximas de ayuda según tipo de proyecto:
- Para la línea 1, producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15% de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 150.000.000 €.
- Para la línea 2, proyectos destinados a la producción de componentes esenciales, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 100.000.000 €.
- Para la línea 3, producción de materias primas fundamentales esenciales, la intensidad de ayuda no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables y el importe total de la ayuda no podrá superar los 25.000.000 €.
➡️ Gastos subvencionables
- Obra civil.
- Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales.
- Aparatos y equipos de producción.
- Activos inmateriales: derechos de patentes, licencias, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual.
➡️ Requisitos para la presentación
Serán susceptibles de ayudas las actuaciones que se enmarquen en alguno de los siguientes tipos de proyecto:
- Creación de establecimientos industriales.
- Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes.
- Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.
Beneficiarios
Sociedades mercantiles con personalidad jurídica que desarrolle una actividad industrial y su actividad principal se encuentre en uno de los siguientes casos: CNAE-2009 20.1, CNAE 2009 20.30, CNAE 2009 20.59, CNAE-2009 27.1, CNAE-2009 27.2, CNAE-2009 29.1, CNAE-2009 29.3, CNAE-2009 30.91, CNAE 30.92, CNAE-2009 Sección C 38.3, CNAE-2009 Sección C división 24.45.
Puedes consultar aquí las bases.
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