¡Atención! Ya está aquí el PERTE ERHA para proyectos a gran escala de producción y consumo de hidrógeno renovable.
Objetivo de la ayuda
Crear valles de hidrógeno renovable, grandes núcleos o zonas industriales de generación y consumo, lo que permitirá un mayor aprovechamiento de este sector energético, gracias a las ventajas de la economía de escala y el efecto multiplicador que ello pueda tener.
Características del PERTE ERHA
➡️ Plazos
Desde el 19 de septiembre de 2024, hasta el 29 de octubre de 2024.
➡️ Importe
Presupuesto de la convocatoria: 1.200.000.000 €, del presupuesto de IDAE. Adicionalmente, se dispondrá de un 10% adicional, hasta 1.320.000.000 € para cumplir lo establecido en el artículo 15.10 de las bases reguladoras.
Ninguna empresa o grupo empresarial podrá recibir más de un 33 % del total del presupuesto disponible en cada convocatoria.
➡️ Gastos subvencionables
- Obra civil.
- Aparatos y equipos de producción.
- Activos inmateriales (patentes, licencias, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual).
- Transporte y montaje de las instalaciones.
- Elaboración del proyecto de ejecución.
- Dirección facultativa de obra.
- Coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje.
- Ensayos, estudios y pruebas necesarias para la elaboración del proyecto.
- Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida.
- Justificación y redacción de informes.
- Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.
➡️ Proyectos subvencionables
Serán subvencionables aquellos proyectos de producción de hidrógeno renovable y electrolítico y/o sus combustibles derivados, como metanol o amoniaco, entre otros.
La potencia mínima de electrólisis objeto de ayuda, por proyecto, deberá ser de al menos 100 MW.
➡️ Requisitos de los proyectos
- Compromiso previo de compra del 60% de la producción por parte de consumidores.
- Garantía de que el hidrógeno producido sea de origen renovable.
- Disposición de electrolizadores de gran capacidad, con más de 100 MW.
- Posibilidad de conformar agrupaciones de proyectos con electrolizadores de, al menos, 50 MW.
- Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 9 de marzo del 2023.
- El plazo máximo de ejecución de las actuaciones objeto de ayuda podrá extenderse hasta 36 meses.
Beneficiarios
- Persona jurídica, pública o privada, legal y válidamente constituida.
- Consorcios o agrupaciones empresariales.
- Sector público institucional de cualquier administración pública, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas, y las universidades públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.
Puedes consultar aquí las bases.
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