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Desgravaciones I: Rentabilizando el futuro

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¿Qué es una deducción fiscal I+D?

La deducción por realización de actividades de I+D+i es considerada como una de las principales vías para incentivar la innovación empresarial. Estas deducciones pueden ser aplicadas por cualquier sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades que realice actividades innovadoras. Independientemente de su tamaño, facturación o sector de actividad, se busca premiar el esfuerzo que realizan las empresas en I+D+i, permitiendo minorar la cuota íntegra del IS e incrementando así su competitividad e incentivando la mejora continua de sus productos y procesos.

La deducción fiscal es proporcional al gasto incurrido en las actividades de I+D+i desarrolladas por las empresas; cuanto mayor sea el gasto, mayor será la deducción. En caso de presentar resultados anuales negativos, la deducción podrá ser aplicada en años posteriores (18 años) y en caso de insuficiencia de cuota se podrá solicitar su abono a la Administración tributaria.

En IDavinci, nuestra actividad como consultores expertos en la gestión del I+D+i consiste en identificar las actividades susceptibles de generar una Deducción Fiscal, ayudando a optimizar el gasto incurrido por las empresas en cada periodo impositivo.

Ventajas

El sistema fiscal español permite obtener hasta un 59% de deducción sobre los gastos directos en I+D (hasta un 42% de los gastos del proyecto + un 17% adicional del coste del personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D) y un 12% de deducción sobre los gastos de innovación a través de este instrumento. Puede aplicarse sobre cualquier tipología de empresa, independientemente de su tamaño o CNAE. De este modo, las empresas maximizan sus inversiones por la realización de actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Frente a otros incentivos a la I+D+i, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas:

  • Tienen unos efectos económicos similares a los de la subvención, pero no tributan.
  • La aplicación es libre (todo tipo de áreas de conocimiento y volúmenes de gasto), y general (para todas las empresas, independientemente de su CNAE o tamaño).
  • Las deducciones no están sometidas a competencia con un presupuesto predefinido; las genera cada empresa, cuando realizan actividades de I+D y/o IT, de acuerdo con las definiciones establecidas.
  • La generación de la deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas, y se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades, hasta cierto límite de cuota. No obstante, la deducción generada pero no aplicada puede aplicarse en ejercicios posteriores.
  • Los proyectos pueden ser plurianuales y multiobjetivo. Son compatibles con otras ayudas.
  • La deducción se aplica en el Impuesto de Sociedades por lo tanto las fechas quedan claras
  • Los porcentajes de deducción por innovación tecnológica son cada vez más elevados.
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    Monetización

    Desde la entrada en vigor de la Ley de Apoyo a los Emprendedores, estas deducciones por I+D+i han multiplicado su interés, haciendo que las empresas que tengan resultados negativos en el IS les resulte atractivo monetizar sus inversiones. Los requisitos para que una empresa pueda solicitar la monetización son los siguientes:

    • El importe de la Deducción para las actividades de I+D no podrá superar los 5 millones de euros anuales.
    • Para el caso de las actividades de Innovación Tecnológica, el importe de la Deducción no podrá exceder el millón de euros anuales.
    • La Deducción objeto de aplicación, deberá consignarse durante un año, una vez finalizado el periodo impositivo.
    • Se debe destinar un importe equivalente a la Deducción aplicada a gastos o inversiones en I+D+i en un plazo de 24 meses desde la finalización del periodo impositivo.
    • La plantilla adscrita a I+D+i no se puede ver reducida en un plazo de 24 meses.
    • La empresa debe obtener un Informe Motivado o un Acuerdo Previo de Valoración sobre la calificación de la actividad como Investigación, Desarrollo o Innovación Tecnológica.

        
    En IDavinci podemos ayudarte, gracias al trabajo de nuestro equipo y a través de estos incentivos fiscales, podemos ayudarte a recuperar tus inversiones que tanto necesitas para seguir creciendo. Si quieres saber más escríbenos a info@idavinci.es.

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