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Bonificaciones I: Potencia tu empresa

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¿Qué son las bonificaciones?

Las bonificaciones al personal investigador en la Seguridad Social son un incentivo que se aplica al perfil técnico dedicado a actividades de I+D y/o innovación tecnológica.

Con este tipo de incentivo se busca motivar e impulsar la innovación en las empresas y ampliar su competitividad. Es una herramienta adicional al potente sistema de Deducciones Fiscales por I+D que existe en España.

Esta aplicación de las bonificaciones, son un instrumento atrayente para reducir el coste de su inversión en proyectos I+D+i.

Es vital la definición de la mejor estrategia para identificar todas las actividades I+D+i de la empresa (pueden ser uno o varios proyectos) y poder establecer así, la cantidad de personas dedicadas a esta área, de forma que permita justificar la aplicación de las bonificaciones por personal investigador.

Este incentivo consiste en el ahorro del 40% de las bases de contingencias comunes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de aquel empleado que se dedique en exclusiva o gran parte de su jornada a actividades de investigación, desarrollo e innovación en la empresa. Además, este incentivo para las empresas que poseen el sello “PYME Innovadora” es totalmente compatible con las Deducciones Fiscales por I+D+i.

Hay dos condicionantes según el tamaño de la empresa para acceder a este tipo de bonificaciones:

  • Hasta 9 trabajadores; se puede aplicar de forma “interna” siempre y cuando se justifique de forma adecuada las actividades de I+D+i que realiza cada empleado.
  • Las entidades que apliquen la bonificación en las cuotas de 10 o más investigadores en un ejercicio, deberán aportar un Informe Motivado Vinculante emitido por la Dirección General de Innovación y Competitividad, del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO). Para ello es necesario que el interesado solicite a una entidad de certificación, debidamente acreditada por ENAC, que certifique que el personal por el que se ha bonificado la empresa cumple con el requisito de dedicación en exclusiva a labores de I+D+i, como marca el RD 475/2014.

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Bonificaciones-y-deducciones

Requisitos

Por lo tanto, los requisitos principales para aplicar estas bonificaciones son los siguientes:

  • Estar incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
  • Tener dedicación exclusiva mínima del 85% de la acción de la empresa a la I+D+i, dejando el resto del tiempo para actividades como formación o actividades docentes de investigación.
  • Desarrollar actividades I+D+i según las define el Artículo 35 de la Ley Impuesto de Sociedades
  • Compatibilidad de la plantilla bonificada con las deducciones fiscales por I+D+i únicamente en el caso de poseer el sello pyme innovadora. En caso contrario podrán ser compatibles siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.

 

Beneficios

Las bonificaciones son un incentivo fiscal muy recomendable para empresas de base tecnológica e innovadora para obtener beneficios directos como son:

  • El ahorro mensual gracias a su aplicación directa.
  • La disminución de los gastos de explotación gracias al descenso de los costes de personal.
  • El aumento de la competitividad de la empresa por la capacidad financiera extra que da el ahorro de costes sobre el personal.

Pueden optar a ellas compañías que desarrollan proyectos para sus clientes y carecen de su propiedad intelectual.

Además, al no centrarse en un sector concreto y tener un efecto inmediato en la tesorería, permiten a las empresas intensivas en I+D+i abordar los retos de financiación de su personal y retener el talento

En IDavinci, gracias al trabajo de nuestros profesionales, podemos impulsar a tu empresa para que se beneficie de estos incentivos y darte esa asistencia tan importante para que tu empresa siga creciendo. Si quieres saber más escríbenos a info@idavinci.es.

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