Ayudas IDavinci

País Vasco — Programa Industria Digitala

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¡Atención! Ya están aquí las ayudas del programa Industria Digitala en el País Vasco.

Para qué es la ayuda

Apoyar la incorporación de las TEICs en los procesos internos y los procesos de relación con sus clientes, proveedores y las administraciones, de las empresas, con el objeto de mejorar su competitividad.

En qué consiste la ayuda del programa Industria Digitala

➡️ Plazo

Hasta el 31/10/2025.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 7.500.000 €.

Máximo anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados: 23.000 € para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.

Subvención máxima por concepto subvencionable:

  • Hardware y/o Software: máximo 11.500 €.
  • Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo, 23.000 €. En todo caso, los gastos de consultoría y/o ingeniería supondrán como mínimo el 50 % de la base subvencionable del proyecto.

Intensidad máxima:

  • Micro y Pequeña Empresa: 50 %.
  • Mediana Empresa: 35 %.
  • Gran Empresa: 25 %

Incremento de 5 % adicional, sin superar el límite máximo de las ayudas, si la empresa cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Disponer del Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain como acreditación del uso, presencia y gestión del euskera en la empresa.
  • Disponer de un Plan de Igualdad, únicamente en el caso de las empresas de menos de 50 personas en plantilla, dado que las de mayor tamaño están obligadas a tenerlo por ley.
  • Que se trate de proyectos que implementen el uso de Software en euskera dentro del marco de las actuaciones subvencionables de este programa.

Ayudas sujetas a régimen de minimis.

➡️ Actuaciones subvencionables

  1. Sensórica, plataformas para la monitorización de maquinaria, SCADA, servitización, automatización de procesos de producción, Bigdata y blockchain.
  2. Realidad virtual, aumentada y mixta y visión artificial.
  3. Gemelos Digitales: simulación de procesos industriales complejos combinando capacidades físicas y virtuales.
  4. Herramientas de gestión de eficiencia energética y descarbonización.
  5. Sistemas de gestión de almacén.
  6. Sistemas de Comercio Electrónico: Compras Electrónicas, Ventas Electrónicas. Estos sistemas de Comercio Electrónico deberán estar integrados con los Sistemas de Información de la entidad beneficiaria (Administración, – ERP – Enterprise Resourse Planning-), Asimismo, se apoyarán los proyectos de consultoría para la incorporación de la empresa a plataformas comerciales.
  7. Proyectos de incorporación de TEICs que mejoren o automaticen la producción en planta y faciliten el análisis de la situación y la toma de decisiones, no contemplados en los apartados anteriores.
  8. Implantación de Sistemas de visualización de Informes de Business Intelligence y los trabajos necesarios para integrar estos sistemas con las diferentes fuentes de datos.
  9. Implementación de «Servicios de preservación de datos a largo plazo» de acuerdo con los estándares TS 119 511 (2019/06) y TS 119 512 (2020/01) del reglamento europeo eIDAS2 (electronic IDentification, Authentication and trust Services).

Únicamente pymes:

  1. Sistemas de gestión avanzada de la empresa tipo ERPs, gestión logística de la cadena de suministro SCM (Supply Chain Management), mantenimiento preventivo, sistemas de gestión de asistencia técnica de mantenimiento (SAT), automatización de procesos administrativos y de gestión.
  2. Gestión del ciclo de vida del producto (implantación de aplicaciones del tipo: CAM CAE, PDM o DMF).
  3. Implantación de proyectos CRM Customer Relationship Management) en la entidad beneficiaria.

Con carácter general no tendrán la consideración de actuaciones subvencionables:

  • La actualización de aquellos proyectos que hayan sido objeto de una subvención anterior en el marco de algún programa de SPRI. Aquellos proyectos que hayan sido apoyados por SPRI con anterioridad a un plazo de 7 años contados a partir de la fecha de presentación de la nueva solicitud de ayuda podrán acogerse nuevamente a este programa de ayudas, siempre que acrediten un salto cualitativo desde el punto de vista tecnológico.
  • Los que formen parte del propio catálogo de productos/servicios de la entidad beneficiaria, a excepción de los proyectos relacionados con la «servitización».

➡️ Gastos o acciones que cubre

Consultoría, ingeniería, hardware y software requisitos realizados por empresas externas

Para proyectos que contemplen la implantación de aplicaciones de gestión en formato tipo SAAS (Software as a Service), también podrá ser considerado como gasto elegible el coste imputable a este tipo de servicio, durante un plazo máximo de 12 meses.

Quién puede pedirla

Pymes y grandes empresas que dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi en dónde se va a realizar la actuación y que figuren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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