¡Atención! Ya están aquí las ayudas a las empresas industriales madrileñas para la adquisición de medios productivos en la Comunidad de Madrid.
Características de las ayudas para la adquisición de medios productivos
➡️ Plazos
Pendiente de apertura.
➡️ Importe
La intensidad de la ayuda será, con carácter general, del 60% de los gastos subvencionables y su cuantía máxima estará limitada al importe establecido en la normativa aplicable al régimen de minimis en la fecha de concesión.
Las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse en centros de trabajo situados en la Comunidad de Madrid. Cuando la inversión se realice en centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 2.500 habitantes, la intensidad de la ayuda será del 75% de los gastos subvencionables.
La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables deberá alcanzar la cuantía de 75.000 €, sin impuestos.
Beneficiarios
Estas subvenciones van dirigidas a empresas constituidas como sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, con una plantilla media en el ejercicio anterior al de la convocatoria entre 50 y 1.000 asalariados.
Su actividad económica ha de estar incluida dentro de la sección primera, divisiones 2, 3 y 4 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!
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