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CAM – Ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i

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Atención llegan las ayudas para la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i en la Comunidad de Madrid.

Si tienes una empresa en La Comunidad de Madrid, esta subvención para el fomento de la cooperación en materia de I+D+i puede interesarte.

Objetivo de la Ayuda

Fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por consorcios en la Comunidad de Madrid.

Línea de actuación de las ayudas para la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i

  1. Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
  2. Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
  3. Proyectos de desarrollo experimental, entendiendo por tal la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios, incluidos los prototipos. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.
  4. Proyectos de investigación fundamental entendiendo por tal trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin perspectivas de aplicación o utilización comercial directa.

Características de la ayuda

➡️ Plazos

Apertura el 28/08/2023 y cierre el 15/09/2023

➡️ Montos

Presupuesto mínimo del proyecto 3.000.000€

➡️Gastos y acciones subvencionables

  • Costes de personal. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio derechos de propiedad industrial y/o intelectual y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
  • Costes indirectos de las empresas que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gastos, mediante aplicación de un porcentaje fijo que no podrá ser superior al 15% del importe de los costes directos del personal que resulten subvencionables. En ningún caso se considerará gasto subvencionable el IVA.

➡️ Otros datos de la ayuda

Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable total para la agrupación, medio por anualidad, igual o superior a 1.500.000 €. Es decir, para una duración mínima de proyecto de 24 meses se establece un presupuesto mínimo total de 3.000.000 €. La intensidad máxima de ayuda por tipo de proyecto y entidad será calculada de forma individualizada para cada miembro de la agrupación. El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, se iniciará al día siguiente a la notificación de la resolución de concesión a la entidad beneficiaria y tendrán una duración mínima de 24 meses y máxima de 36 meses.

Beneficiarios

Las agrupaciones, que estarán constituidas como mínimo por: Una empresa tractora, que tendrá que ser gran empresa, dos empresas consideradas PYME, un Organismo de investigación, bien como miembro de la agrupación o como entidad subcontratada. sTodos los miembros de la agrupación deberán tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

 

Aquí puedes encontrar las bases.

Si deseas más información o quieres tramitar la ayuda . Aquí estamos para ayudarte.

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