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Aumento de la deducción fiscal en la industria de la Automoción

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Este 23 de junio se ha publicado en el BOE la Deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción, en el que se incluyen dos nuevas medidas para incentivar la innovación en el sector de la automoción.

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021 y con el objetivo de promover inversiones en innovación en los procesos en la cadena de valor de la industria de la automoción en España, el artículo 7 del RDL 23/2020 incrementa el porcentaje de la deducción en innovación en estos procesos en el impuesto sobre sociedades (de la LIS) al 25% (antes era del 12%).
Este aumento del 13% es un incentivo para el sector de la automoción que ha sufrido un gran varapalo debido a las consecuencias derivadas de la alerta sanitara provocada por el Covid-19.

Para la aplicación de esta deducción se considera requisito indispensable y necesario que la organización haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como innovación tecnológica, cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya existentes.
En segundo lugar se establece la Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.

  • La plantilla media total de la organización se tiene que mantener durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entre en funcionamiento con respecto de la plantilla media del año 2019.
  • La cuantía máxima de beneficio son 500.000€
  • La libertad de amortización será aplicable desde la entrada en funcionamiento de los elementos que puedan acogerse a ella, la cual ha de producirse antes de que finalice el año 2021.
  • Los inmuebles no se puede acoger a esta medida.
  • Aportación de informe motivado
  • Las entidades a las que les sean aplicables los incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión, pueden optar entre el régimen de libertad de amortización previsto para ellas o aplicar el nuevo régimen de libertad de amortización que se acaba de esgrimir en previamente en este texto.

Asimismo, se permitirá desde julio y hasta fin de ejercicio la implantación de sistemas de fabricación basados en plataformas modulares o que reduzcan el impacto ambiental, con el objetivo de mantener el empleo o que se atraiga más producción al país de modelos electrificados y sus componentes.

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