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PERTE Descarbonización Industrial — Nacional

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Atención, llega el PERTE de descarbonización industrial. 

Objetivo de la ayuda

La descarbonización industrial implica adaptar procesos para reducir emisiones y mejorar la eficiencia energética.

Esto beneficia la viabilidad a largo plazo de las industrias.

Se busca implementar tecnologías más limpias, apoyar la inversión en descarbonización y promover energías renovables.

Esto no solo reduce la dependencia de combustibles fósiles, sino que también contribuye a la seguridad energética de España.

La estrategia incluye la reutilización de subproductos y residuos para minimizar el impacto ambiental.

Además, este cambio generará empleos especializados, gracias a la formación para implementar tecnologías menos contaminantes en la industria.

Línea de actuación

  1. Descarbonización de fuentes de energía: Electrificación de procesos, incorporación de hidrógeno y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de energías renovables para autoconsumo, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
  2. Gestión energética industrial de procesos industriales: Recuperación de calor en procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios (incluidos gases de proceso) y mejora sustancial de la eficiencia energética.
  3. Descarbonización por reducción de recursos naturales: Utilización de materias primas secundarias, ecodiseño de productos, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos de sustitución de combustibles fósiles, con el fin de conseguir una mejora en la economía circular.
  4. Captura, almacenamiento y uso de carbono: El carbono capturado debe tener utilización en la misma instalación o en otra industria.

Características del PERTE de descarbonización industrial

➡️ Plazos

El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024.

➡️ Aspectos a tener en cuenta

  1. Inversión mínima: 1M de euros (500M € para subvención a fondo perdido y 500 M € y 500M € a tipo de interés ventajoso).
  2. Abatimiento mínimo: 30% de abatimiento mínimo de huella de carbono sobre el equipo o línea de producción a descarbonizar.
  3. Concurrencia simple: la subvención se otorgará en orden de llegada.
  4. Beneficiario simple o con ESE: la convocatoria permitirá como beneficiarios a las industrias de manera individual o con a estas junto a un ESE (Empresa de Servicios Energéticos).
  5. Plazo de ejecución: no inferior a 24-36 meses.
  6. Incompatibilidad de ayudas: esta ayuda será incompatible con el resto de las convocatorias a las que se puedan presentar proyecto al otorgar ya la máxima intensidad de la ayuda permitida por la Comisión Europea.
  7. Compatibilidad con CAEs: la convocatoria será compatible con el sistema de Certificados de Ahorro Energética (CAEs).
  8. Efecto incentivador: la convocatoria se rige bajo el principio del efecto incentivador, sin la ayuda no se podría llevar a cabo el proyecto, por lo que no debe de haber empezado su ejecución.

 

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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