¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para el fomento del empleo autónomo.
Para qué es la subvención
Fomentar establecimiento de personas desempleadas como trabajadores autónomos, para la realización de una actividad económica por cuenta propia, en jornada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En qué consiste la subvención para el fomento del empleo autónomo
➡️ Plazo
Siempre abierta. Presupuesto ilimitado
➡️ Importe
Presupuesto de la convocatoria: 6.500.000 €.
Ayuda máxima: 9.000 €.
La cuantía de la subvención dependerá de la inclusión del solicitante en el colectivo correspondientes y del importe de la inversión realizada.
| Importe | ||
| HOMBRES | H1. Menores de 30 años | 6.000 € |
| H2. De 45 a 54 años | ||
| H3. De 30 a 44 años, parados de larga duración | ||
| H4. Con discapacidad | 8.000 € | |
| H5. En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | ||
| H6. De 45 o 54 años parados de larga duración | ||
| H7. De 55 o más años | ||
| MUJERES | M1. En general | 7.000 € |
| M2. Con discapacidad | 9.000 € | |
| M3. En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras de ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | ||
| M4. De 45 a 54 años paradas de larga duración | ||
| M5. De 55 o más años |
➡️ Gastos o acciones que cubre
- Inmovilizado material:
- Locales comerciales e industriales.
- Bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje y mobiliario.
- Acondicionamiento y reforma de inmuebles necesarios para el ejercicio de la actividad, excepto cuando esta sea vivienda habitual.
- Equipos para procesos de información.
- Vehículos industriales y comerciales siempre que quede acreditada su necesidad para la realización de la actividad.
- Locales comerciales e industriales.
- Inmovilizado intangible:
- Programas de ordenador, incluyéndose el desarrollo de páginas web.
- Aplicaciones de comercio electrónico.
- Inversiones en una marca.
- Canon de entrada por franquicia.
- Gastos de propiedad industrial o intelectual.
Quién puede pedirla
- Mujeres.
- Personas con discapacidad o en situación de exclusión social.
- Hombres menores de 30 años o con edad igual o superior a 45 años.
- Personas paradas de larga duración
- Personas perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción.
- Mujeres víctima de violencia de género o personas víctimas de terrorismo.
Deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
- En la fecha inmediatamente anterior a la del alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (en lo sucesivo, RETA), estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).
- Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.
- Estar dado de alta en el RETA.
- No haber estado dado de alta en el RETA en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en dicho régimen por el que se solicita la subvención, excepto en los casos en que dicha alta hubiera sido como autónomo colaborador; ni en cualquier Mutualidad de Previsión Social que pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional como consecuencia de haber desarrollado actividades empresariales o profesionales.
- Justificar haber realizado inversiones en activos de inmovilizado material o intangible que sean necesarios y estén directamente relacionados con el desarrollo de la actividad por cuyo establecimiento se solicita la subvención, por importe no inferior a 2.500 €, excluido el IVA.
Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!
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