¡Atención! Ya están aquí las subvenciones a Proyectos de I+D+i orientados al mercado en La Rioja.
Para qué es la subvención
Estas ayudas están destinadas al fomento de la investigación, desarrollo e innovación, incentivando:
- El desarrollo de proyectos de Investigación y Desarrollo para la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar significativamente los ya existentes. Se incluye el desarrollo de prototipos y proyectos piloto.
- El desarrollo de proyectos de Innovación Tecnológica en materia de procesos y organización, como puedan ser entre otros, el desarrollo de nuevos métodos de producción, control, logística, organizativos de gestión, y su digitalización e integración, o la mejora significativa de los mismos. A modo de ejemplo, los proyectos podrán proponer planes de modernización de plantas, nuevos diseños, nuevos componentes estratégicos, la incorporación de alta y media tecnología, la optimización e Integración de la cadena de suministro desde el proveedor hasta el cliente, y la inversión en activos tecnológicos mediante la compra de tecnología, incluidas las Tecnologías Claves Habilitadoras (KETs), licencias de patentes, o maquinaria de nueva generación.
En qué consiste la subvención a proyectos de I+D+i orientados al mercado
➡️ Plazo
Hasta el 12/12/2025.
➡️ Líneas
Programa 1. Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo I+D.
Programa 2. Desarrollo de proyectos de innovación en materia de procesos y organización.
Se considera desarrollo de procesos el desarrollo y aplicación de métodos o sistemas de producción, suministro o logística nuevos o significativamente mejorados, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos.
Se considera desarrollo en organización el desarrollo y aplicación de un nuevo método o sistema organizativo para: la organización del/los centro/s de trabajo; la integración e interconectividad horizontal-vertical y/o interna-externa de los procesos y/o sus productos/servicios, y de la propia empresa.
➡️ Importe
Presupuesto de la convocatoria: 5.500.000 €.
Ayuda máxima: 600.000 €.
- Programa 1: de forma general, 20% para proyectos de desarrollo experimental y 45% para proyectos de investigación industrial.
- Programa 2: la ayuda para las pymes será del 20% y para las grandes empresas del 15%.
La subvención máxima a aprobar por expediente no superará los 400.000 € en el caso de proyectos individuales, ni los 600.000 € en el caso de los proyectos colectivos.
➡️ Gastos o acciones que cubre
Programa 1:
- Los costes de personal propio: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Los tipos de personal y sus condiciones, la fórmula de cálculo y el límite máximo del coste/hora de los mismos, participantes en el proyecto, serán los indicados en el Anexo II.
- Los costes de material, en la media y durante el periodo que se utilicen para el proyecto. No serán subvencionables en este apartado los gastos de oficina.
- Las colaboraciones externas necesarias, considerándose como tales los siguientes servicios y similares: los costes de investigación contractual; los conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia; así como los costes de consultoría y servicios o asistencia equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Los costes indirectos, entendidos como aquellos que forman parte de los gastos generales del proyecto o actuación, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa por no poder individualizarse.
Programa 2:
- Los costes de personal propio: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar. Los tipos de personal y sus condiciones, la fórmula de cálculo y el límite máximo del coste/hora de los mismos, participantes en el proyecto, serán los indicados en el Anexo II.
- Los costes de material, fungible o no, durante el periodo que se utilicen para el proyecto. No serán subvencionables los gastos de oficina.
- Las colaboraciones externas necesarias, considerándose como tales los siguientes servicios y similares: los costes de investigación contractual; los conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- También serán subvencionables, sujeto al régimen de minimis, los nuevos elementos activos materiales e inmateriales necesarios consistentes en equipos, maquinaria e instalaciones para la puesta en marcha del nuevo proceso o sistema organizativo. También se considerarán en este apartado el nuevo instrumental y equipo de laboratorio, y cualquier otra infraestructura vinculadas a la innovación y el desarrollo tecnológico necesarias.
Quién puede pedirla
- Las empresas personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja, realicen el proyecto subvencionable y no se encuentren expresamente excluidas.
- Las organizaciones públicas o privadas, con centro de trabajo en La Rioja que presten servicios a las empresas y/o tengan como actividad la investigación, el desarrollo y la innovación, así como las agrupaciones empresariales.
Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!
idavinci.es te informa que los datos de carácter personal que me proporciones rellenando el presente formulario serán tratados por IDAVINCI IMAGINA S.L. como responsable de esta web. Destinatarios: Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. En todo caso, los datos que nos facilitas están ubicados en sopeo de Protección de Datos. Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en info@idavinci.es así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control como se explica en la información adicional.