¡Atención! Llegan las ayudas Pymes Digitalización Industrial en la Comunidad de Madrid.
Objetivo de la ayuda
Financiar la implementación de proyectos globales de digitalización de los procesos productivos de las pymes madrileñas del sector industrial, que ayudarán a su desarrollo, incrementarán su productividad y aumentará su competitividad.
Cambiar los modelos productivos hacia soluciones más competitivas e inteligentes, que permitan la transformación económica y la conectividad regional a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Características de la ayuda pymes digitalización industrial en Madrid
➡️ Plazos
Desde el 1 de enero de cada anualidad, hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles para poder atender más solicitudes, y en todo caso, hasta el 15 septiembre de cada anualidad.
➡️ Montos
El límite máximo de subvención de los proyectos será de 250.000 € para las medianas empresas y de 350.000 € para las pequeñas empresas.
En el caso de consultoría el límite máximo es de 20.000 €.
La inversión mínima por parte de la empresa, correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, la cuantía de 60.000 €, no siendo subvencionables los proyectos que contengan exclusivamente gastos de consultoría.
➡️ Gastos subvencionables
- Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como equipos que, no estando directamente vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.
- Adquisición de activos inmateriales como software, así como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad que contribuyan a la ejecución del proyecto.
- Gastos de consultoría prestados por empresas externas para la implementación efectiva del proyecto de digitalización que se solicita.
Beneficiarios
Pymes constituidas como sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y cuya actividad económica quede incluida dentro de la sección primera del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante IAE) en las divisiones que se indican a continuación:
- División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
- División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
- División 4. Otras industrias manufactureras.
Puedes consultar aquí las bases.
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