¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para la financiación de proyectos de I+D+i e inversión en equipamiento científico-técnico en La Rioja.
Para qué es la subvención
- Crear el marco adecuado para impulsar la innovación facilitando la incorporación de tecnología de vanguardia y fomentar el intercambio y transferencia de conocimientos entre los agentes del sistema de I+D+i como estrategia para elevar su competitividad.
- Potenciar la innovación y la transferencia del conocimiento, como estrategia integrada, en las empresas radicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, al objeto de incrementar su competitividad, crear riqueza y empleo y mejorar las condiciones de trabajo de las mismas, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas.
- Fomentar la integración, coordinación e interrelación entre los agentes implicados en el sistema de innovación y desarrollo tecnológico a nivel regional, nacional e internacional.
En qué consiste la subvención de proyectos de I+D+i e inversión en equipamiento científico-técnico
➡️ Plazo
Hasta el 12/06/2025.
➡️ Importe
Presupuesto de la convocatoria: 1.400.000 €.
Ayuda máxima: 150.000 €.
El límite de proyectos a conceder en la presente convocatoria por Centro Tecnológico será de un máximo de 1.
➡️ Líneas
- Salud: proyectos relacionados con Alimentos Saludables, Nutrición y medio ambiente. Minimización de riesgos físicos, químicos y biológicos. Protección de salud humana y ambiental, envejecimiento saludable entre otros.
- Mundo digital e industria: proyectos relacionados con Inteligencia Artificial y Robótica, Sistemas Inteligentes de Predicción y recomendación, Industria 4.0, Recursos Naturales y Medio Ambiente en la Industria, Fotónica y electrónica, Biosensores, Internet de Próxima Generación, Materiales Avanzados y nuevas técnicas de fabricación (Materiales compuestos, nuevos recubrimientos, fabricación aditiva, etc), Biomateriales y Nanomateriales, entre otros.
- Alimentación, economía circular y bioeconomía: proyectos relacionados con Cadenas de Valor Agroalimentaria inteligente y sostenible, De la Granja a la mesa, Seguridad y Trazabilidad Alimentaria. Agricultura Inteligente. Reducción uso materias primas, Reciclado, Reutilización y Valoración de subproductos. Ecodiseño y Biomimética, Diseño como impulso a la innovación, Eficiencia Energética y Descarbonización de Procesos Productivos entre otros.
➡️ Gastos o acciones que cubre
- Gastos de personal: retribuciones totales del personal necesario contratado o que se contrate por el Centro Tecnológico para la ejecución de todas las actividades previstas en los proyectos para los que se conceden las presentes ayudas, con un coste máximo de 50 euros/hora. Estos gastos de personal no implicarán, en ningún momento, la existencia de ninguna relación de servicio ni de relación laboral o administrativa entre la Comunidad Autónoma y ese personal.
- Gastos de colaboradores, asesores y profesionales externos. Se considera colaboración externa aquella que se concierta con un tercero para la realización de una actividad que por sí mismo no podría realizar. Estos gastos de colaboradores, asesores y profesionales externos no implicarán, en ningún momento, la existencia de ninguna relación de servicio ni de relación laboral o administrativa entre la Comunidad Autónoma y ese personal.
- Subcontrataciones de todo tipo necesarias para el desarrollo de la actividad objeto de este convenio, con las limitaciones y requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y según lo señalado en el artículo 23 de la presente Orden.
- Gastos de desplazamientos, alojamiento y manutención. El importe máximo subvencionable para cada dieta o gasto de viaje será el establecido en el Decreto 42/2000, de 28 de julio, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Se incluyen acreditaciones y asistencia a jornadas y congresos organizados por terceros.
- Gastos de publicaciones y difusión de resultados del proyecto incluidas jornadas y eventos que se considere necesario realizar, excluyéndose de manera expresa cualquier tipo de honorarios a los ponentes por su participación, pero sí siendo subvencionables sus gastos de desplazamiento, dietas y gastos de alojamiento.
- Gastos en materiales, fungibles o no, que sean necesarios y dedicados en exclusiva al proyecto. Los gastos de oficina no tendrán cabida en esta partida, por tener consideración de costes indirectos.
- Costes indirectos: se entiende bajo este epígrafe como todos aquellos costes que forman parte de los gastos generales de la actuación, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa por no poder individualizarse. Para su cálculo, se aplicará como máximo un porcentaje del 15% de los gastos de personal válidamente justificados.
- Gastos de garantía bancaria: generados por la contratación de aquellos mecanismos bancarios cuyo objeto es la constitución de cualquier operación necesaria para la financiación en la compra de equipamiento en calidad de préstamo, crédito o leasing. Dichos gastos de garantía bancaria deberán estar relacionados y ser necesarios para la realización de adquisiciones de equipamiento.
- Gastos en equipamiento productivo: Deben ser adecuados y necesarios para el desarrollo de los proyectos de I+D+i presentados en la misma convocatoria por parte de los Centros Tecnológicos.
Quién puede pedirla
Los centros tecnológicos con sede social y fiscal en La Rioja.
Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!
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