Para qué es la ayuda
El objetivo de esta convocatoria es establecer un régimen de ayudas para empresas que realicen inversiones en activos fijos dentro de Extremadura. Se busca fomentar el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital, la innovación productiva en sectores de especialización inteligente y la creación o mantenimiento de empleo. Las ayudas apoyan la creación de nuevas empresas, la consolidación de las existentes (incluyendo relevo generacional) y la adaptación a la Empresa 4.0.
Organismo y ámbito
- Organismo: Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Empresa.
- Ámbito Geográfico: Comunidad Autónoma de Extremadura.
Plazo
- Periodo de Solicitud: Desde el 26 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Plazo de Ejecución: Se establece en la resolución individual. No superará los 2 años para inversiones inferiores a 500.000 € ni los 3 años para importes superiores, incluyendo prórrogas.
Presupuesto de la convocatoria
- Dotación Total: 40.000.000 €.
- Co-financiación: El 85% proviene de la Unión Europea a través del programa FEDER Extremadura 2021-2027 (excepto para grandes empresas, que no reciben fondos europeos).
Naturaleza de los proyectos
Los proyectos se clasifican en tres modalidades:
- Subvención por actividad: Según el sector de operación de la empresa.
- Subvención por relevo generacional: Para evitar el cierre de establecimientos por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento del titular.
- Subvención para digitalización/Empresa 4.0: Proyectos que implementen tecnologías digitales, tratamiento de datos e inteligencia en la gestión.
Beneficiarios
- Empresas: Tanto PYMES como grandes empresas, independientemente de su forma jurídica (personas físicas/autónomos, sociedades mercantiles, cooperativas, etc.).
- Requisito: Deben tener un centro de trabajo en Extremadura y pertenecer a sectores subvencionables (industria, servicios técnicos, turismo, salud, entre otros).
- Exclusiones: Entidades sin ánimo de lucro, empresas públicas, asociaciones, fundaciones y sectores específicos como pesca, producción agraria primaria o financiero.
Tipo y cuantía de la financiación
La ayuda consiste en una subvención directa a fondo perdido:
- Importe mínimo del proyecto: 25.000 €.
- Aportación mínima: El beneficiario debe financiar al menos el 25% con recursos propios o externos sin ayudas públicas.
- Intensidad máxima:
- Pequeña empresa: Hasta el 50%.
- Mediana empresa: Hasta el 40%.
- Gran empresa: Hasta el 30%.
Gastos subvencionables
- Bienes Inmuebles: Compra de terrenos (máx. 10% del proyecto) y adquisición de naves o locales de nueva construcción.
- Obra civil e instalaciones: Construcción, reforma o adecuación de naves y oficinas, así como instalaciones necesarias para la actividad.
- Bienes de equipo y equipamiento: Maquinaria, mobiliario, utillaje y equipos informáticos.
- Otros gastos: Programas informáticos, trabajos de ingeniería, dirección facultativa y gastos notariales o registrales vinculados a la subvención.
- Específicos Digitalización: Consultoría especializada, patentes, licencias y hardware avanzado (robótica, sensores, etc.).


