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Galicia — Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas, año 2025

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¡Atención! Ya están aquí las ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas en Galicia.

Para qué es la ayuda

Favorecer la creación de nuevos empleos estables y contribuir al crecimiento de pequeñas unidades productivas con potencialidad para la creación de empleo, a través de la concesión de una cuantía fija que contribuya la que las personas autónomas hagan frente a la contratación de personas trabajadoras.

En qué consiste la ayuda a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas

➡️ Plazo

Hasta el 30/09/2025.

➡️ Líneas subvencionables

  1. Bono de contratación.
  2. Bono de formación (opcional).

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 1.350.000 €.

Ayuda máxima: 17.600 €.

  1. Bono de contratación.
  • Las contrataciones indefinidas iniciales tendrán los siguientes incentivos:
    • Primera persona trabajadora indefinida desempleada: 7.500 €. La cuantía será de 9.000 € cuando la persona desempleada pertenezca a determinados colectivos.
  • Segunda y tercera persona trabajadora indefinida:
    • 9.000 €. La cuantía será de 11.000 € cuando la persona desempleada pertenezca a determinados colectivos.
  • Los incentivos señalados en el apartado anterior se incrementarán en un 15% en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
    • En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.
    • Personas mayores de 45 años.
    • Personas trans.
    • Si la persona incorporada es una mujer en una profesión u oficio en el que la mujer esté subrepresentada.
  1. Bono de formación:

Esta formación se incentivará con una ayuda de 2.000 € por cada persona trabajadora cuyo contrato se subvenciona por medio del bono de contratación y que cumpla los requisitos establecidos en este capítulo tercero.

Quién puede pedirla

Las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia, por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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