Ayudas IDavinci

Equipamiento científico-técnico 2024 — Nacional

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¡Atención! Llega la ayuda nacional para equipamiento científico-técnico.

Objetivo de la ayuda

Desarrollo mantenimiento e inversión en infraestructuras científicas y tecnológicas que contribuyan a crear un ecosistema de I+D+I internacionalmente competitivo.

Proveer de equipamiento científico-técnico a los servicios comunes de investigación de las entidades, dotándolos de equipos de última generación, favoreciendo con ello su gestión especializada y eficiente, así como la expansión del uso y el acceso generalizado a dichos servicios comunes por parte de los grupos de investigación.

Características de la ayuda para equipamiento científico-técnico

➡️ Plazos

Desde el 15 de abril, hasta el 7 de mayo de 2024.

➡️ Montos

Presupuesto de la convocatoria: 224.000.000 €.

Préstamo, anticipo reembolsable FEDER o subvención, o una combinación de ellas.

El coste total de inversión de cada actuación deberá ser mayor o igual a 100.000 € y menor o igual a 2.000.000 €.

➡️ Gastos subvencionables

  • Costes de personal: contratación de personal (salarios). Becarios.
  • Costes derivados de la formación y/o mentorización del personal asociado a la actuación: Matriculación de Máster, Doctorado, cursos y seminarios.
  • Viajes y estancias de movilidad para las categorías.
  • Adquisición de instrumental y equipamiento científico-técnico. Alquiler o arrendamiento financiero (leasing) de instrumental y equipamiento científico-técnico. Montaje, transporte, instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento, reparación, mejora, actualización de equipamiento científico-técnico.
  • Adquisición de material fungible. Estudios de viabilidad, etc.
  • Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios en materia de I+D+i.

➡️ Requisitos para presentación

  • El período de ejecución de la actuación estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2026.
  • Las entidades deberán cumplir la definición y condiciones para ser organismo de investigación y difusión de conocimientos o infraestructura de investigación.
  • Formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.

Beneficiarios

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Las universidades públicas.
  • Otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.

 

Puedes consultar aquí las bases.

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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