¡Atención! Llega la ayuda nacional para equipamiento científico-técnico.
Objetivo de la ayuda
Desarrollo mantenimiento e inversión en infraestructuras científicas y tecnológicas que contribuyan a crear un ecosistema de I+D+I internacionalmente competitivo.
Proveer de equipamiento científico-técnico a los servicios comunes de investigación de las entidades, dotándolos de equipos de última generación, favoreciendo con ello su gestión especializada y eficiente, así como la expansión del uso y el acceso generalizado a dichos servicios comunes por parte de los grupos de investigación.
Características de la ayuda para equipamiento científico-técnico
➡️ Plazos
Desde el 15 de abril, hasta el 7 de mayo de 2024.
➡️ Montos
Presupuesto de la convocatoria: 224.000.000 €.
Préstamo, anticipo reembolsable FEDER o subvención, o una combinación de ellas.
El coste total de inversión de cada actuación deberá ser mayor o igual a 100.000 € y menor o igual a 2.000.000 €.
➡️ Gastos subvencionables
- Costes de personal: contratación de personal (salarios). Becarios.
- Costes derivados de la formación y/o mentorización del personal asociado a la actuación: Matriculación de Máster, Doctorado, cursos y seminarios.
- Viajes y estancias de movilidad para las categorías.
- Adquisición de instrumental y equipamiento científico-técnico. Alquiler o arrendamiento financiero (leasing) de instrumental y equipamiento científico-técnico. Montaje, transporte, instalación, puesta en funcionamiento, mantenimiento, reparación, mejora, actualización de equipamiento científico-técnico.
- Adquisición de material fungible. Estudios de viabilidad, etc.
- Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios en materia de I+D+i.
➡️ Requisitos para presentación
- El período de ejecución de la actuación estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2026.
- Las entidades deberán cumplir la definición y condiciones para ser organismo de investigación y difusión de conocimientos o infraestructura de investigación.
- Formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.
Beneficiarios
- Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Las universidades públicas.
- Otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.
Puedes consultar aquí las bases.
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