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Canarias — Proyectos de Innovación Disruptiva

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¡Atención! Ya están aquí las subvenciones a proyectos de innovación disruptiva en Canarias.

Para qué es la subvención

Fomentar la realización de proyectos para impulsar el emprendimiento innovador en Canarias.

En qué consiste la subvención para proyectos de innovación disruptiva

➡️ Plazo

Desde el 15/01/2025 hasta el 31/03/2025.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 2.000.000 €.

Intensidad de la ayuda:  100% del gasto elegible, siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto lo permitan.

Los límites mínimo y máximo de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 30.000 y 120.000 €, respectivamente para actuaciones tipos A y C, y entre 25.000 y 50.000 € para actuaciones tipo B.

Ayuda Sujeta al Régimen de minimis.

➡️ Tipología de actuaciones

  • Actuaciones tipo A. Apoyo y asesoramiento a empresas emergentes de canarias dirigidas a fomentar y promover proyectos de innovación disruptiva.
  • Actuaciones tipo B. Proyectos de innovación disruptiva a desarrollar por empresas emergentes canarias.
  • Actuaciones tipo C. Apoyo a procesos de transferencia de conocimiento y tecnología, y de demanda de innovación en empresas canarias.

➡️ Gastos o acciones que cubre

Actuaciones tipo A y C:

  • Gastos del personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo, incluidas las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.
  • Gastos de viaje.
  • Colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las acciones y/o proyectos propuestos y estén directamente relacionadas con los mismos.
  • Informe de Auditoría, a aportar con la justificación de la subvención.

Actuaciones tipo B:

  • Activos fijos nuevos, que no tengan el carácter de reposición.
  • Inversiones inmateriales
  • Colaboraciones externas: asistencia técnica; ingeniería; contratación con centros de investigación u otras empresas en proyectos de innovación abierta; diseño…
  • Informe de Auditoría.
  • Gastos de personal propio vinculado a la actuación o proyecto durante su desarrollo, incluidas las cuotas de la Seguridad Social correspondientes.
  • Gastos de viaje.

Quién puede pedirla

  • Actuaciones tipos A y C: entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora.
  • Actuaciones tipo C: Además, deberán cumplir los requisitos:
    • Poseer experiencia en actuaciones de apoyo y fomento a la transferencia de resultados de investigación y a la creación de empresas tecnológicas emergentes o spinoffs canarias, bien a través de actividades propias, en colaboración con otros actores públicos o privados, o por participación como socios en proyectos regionales, nacionales o internacionales (programa Horizonte Europa).
    • Haber desarrollado en Canarias actuaciones de coordinación o dirección de programas de innovación abierta de carácter nacional o internacional que incluyan acciones de formación, identificación de necesidades tecnológicas y de scouting de startups.
    • Poseer convenio/s firmado/s con agentes de conocimiento (universidades, centros científico-tecnológicos, etc.) cuyo objeto sea acciones orientadas a promover procesos de innovación abierta y de colaboración externa con empresas emergentes.
    • Contar con un equipo técnico cualificado con experiencia en programas de innovación abierta y red de apoyo exterior (agentes de innovación, embajadas, organizaciones internacionales, etc.).
  • Actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas canarias emergentes que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva y que cumplan en el momento de la presentación de la solicitud con los requisitos recogidos en la base reguladora 4, apartado 3.

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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