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Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) – Personas desempleadas de especial atención

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Ayuda para personas desempleadas de especial atención.

Si eres autónomo, tienes una empresa o entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro y estas en la Comunidad Autónoma de Madrid, presta atención a esta ayuda.

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Objetivo de la Ayuda

Incentivos para la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención inscritas como demandantes de empleo en una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid.

Características de la ayuda o subvención

Plazos límite:

Un mes desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social

Requisitos de las personas contratadas:

➡️ Ser personas desempleadas y hallarse inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid el día inmediatamente anterior a su contratación.
Esta inscripción en la oficina de empleo no será exigible a las personas retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.

➡️ Cumplir con los requisitos de edad y demás condiciones establecidas para cada uno de los colectivos subvencionables en el momento de la formalización de la contratación:

  • Persona desempleada mayor de 30 años, que pertenezca a uno de los siguientes colectivos:  Personas desempleadas de larga duración y Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.
  • Personas desempleadas de edad comprendida entre 45 y 54 años, ambos inclusive.
  • Personas mayores de 30 años que sean desempleadas de muy larga duración.
  • Personas mayores de 45 años que sean desempleadas de larga duración.
  • Personas mayores de 55 años.
  • Personas desempleadas que desempeñen su labor en municipios rurales de la Comunidad de Madrid de menos de 5.000 habitantes.

 Montos:

  • 500 €por la contratación indefinida inicial a tiempo completo de cada persona desempleada mayor de 30 años que pertenezca a uno de los siguientes colectivos:
    • Personas desempleadas de larga duración: inscritas como demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
    • Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid.
  • 500 €por la contratación indefinida inicial a tiempo completo realizado a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo y de edad comprendida entre los 45 y 54 años ambos inclusive.
  • 500 € por la contratación indefinida inicial a tiempo completo de cada persona desempleada que pertenezca a uno de los siguientes colectivos:
    • Personas mayores de 30 años que sean desempleadas de muy larga duración: inscritas como demandantes de empleo al menos, 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
    • Personas mayores de 45 años que sean desempleadas de muy larga duración: inscritas como demandantes de empleo al menos, 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
    • Personas mayores de 55 años desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
  • 500 € por la contratación indefinida inicial a tiempo completo de cada persona desempleada, de cualquier edad y colectivo, que desempeñe su actividad laboral en un centro de trabajo ubicado en un municipio rural de la Comunidad de Madrid de menos de 5.000 habitantes, según la última declaración oficial de cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, publicada en el año natural anterior a la fecha de contratación.

Beneficiarios para la ayuda de personas desempleadas de especial atención

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas líneas de subvención los trabajadores autónomos, empresas y entidades de carácter privado que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en las normas reguladoras.

No podrán acogerse a las ayudas de esta línea de subvención:

  1. las sociedades civiles,
  2. las comunidades de bienes,
  3. las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o
  4. cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica propia, excepto sucursales u otro tipo de establecimientos con autonomía de gestión que compartan la personalidad jurídica de la entidad principal o matriz radicada en España.

Si necesitas que te ayudemos a tramitar la ayuda de personas desempleadas de especial atención en CAM puedes contactarnos aquí

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