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C. de Madrid — Subvenciones para el fomento de la innovación a través de programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos innovadores

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¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para el fomento de la innovación a través de programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos innovadores en la Comunidad de Madrid.

Objetivo de la ayuda

Apoyar a instituciones que promueven la creación de empresas derivadas a partir de la transferencia del conocimiento, así como el escalado de empresas ya existentes.

Todos los programas tendrán como objetivo principal la creación de spin-off/EBTs que puedan aportar innovaciones técnicas a productos, procesos o servicios al mercado.

Características de la subvención para programas de incubación, aceleración o escalado de proyectos

➡️ Plazos

Desde el 3 de septiembre de 2024, hasta el 23 de septiembre de 2024.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 630.000 €, que se imputarán con cargo a las siguientes aplicaciones tal y como se especifica a continuación:

  1. A universidades públicas: 360.000 €.
  2. A otras fundaciones: 180.000 €.
  3. A otras agencias estatales: 90.000 €.

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los gastos subvencionables del programa, hasta un máximo de 90.000 € por programa.

➡️ Gastos subvencionables

Costes directos:

  • Salarios de personal.
  • Gastos de desarrollo experimental con centros tecnológicos o de investigación.
  • Servicios externos de consultoría y asistencia técnica.
  • Derechos de propiedad industrial o intelectual.
  • Inversión en pequeño equipamiento científico y demás material inventariable, material fungible y suministros similares.
  • Gastos de publicación y difusión en ámbitos empresariales de los resultados directamente relacionados con el programa.
  • Gastos de publicidad, documentación promocional, edición de videos o web de los proyectos/empresa,  stands o espacios de exposición en ámbitos empresariales vinculados con la innovación.
  • Gastos de constitución de spin-off/EBTs, siempre que las facturas estén a nombre del beneficiario.

Tendrán carácter de subvencionable como coste indirecto un máximo de un 8% de los costes directos válidamente justificados y no requerirán justificación adicional.

Beneficiarios

Universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculada a la universidad pública, parques científicos u organismos públicos de investigación, que lleven a cabo proyectos subvencionables con coste anual igual o superior a 90.000 €.

 

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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