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Aragón — Subvenciones destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional (Programa MEJORA 2025)

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¡Atención! Ya están aquí las subvenciones destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional (Programa MEJORA 2025) en Aragón.

Para qué es la subvención

Favorecer la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes y facilitar el relevo generacional en las plantillas de las empresas.

En qué consiste la subvención destinadas a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes y para el relevo generacional (Programa MEJORA 2025)

➡️ Plazo

Hasta el 22/10/2025.

➡️ Líneas

Línea 1. Subvenciones para la mejora de la empleabilidad.

Subvenciones para la formalización a jornada completa de contratos indefinidos iniciales o contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, siendo el objeto de dichos contratos mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes contratadas y favorecer la práctica profesional adecuada a sus niveles de estudios.

Línea 2. Subvenciones para el relevo generacional.

Subvenciones por la formalización de contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido o de duración determinada de al menos 12 meses, cuyo objeto es favorecer el relevo generacional en las empresas de Aragón.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 2.200.000 €.

Ayuda máxima: 12.000 €.

Línea 1:

  • La ayuda será de hasta 12.000 € por contrato seleccionado.
  • El importe de la subvención por contrato no podrá superar el límite del 70% de los costes salariales de la persona contratada, excluidos los costes de Seguridad Social, correspondientes a dos anualidades.

Línea 2: la ayuda será de hasta 12.000 € por contrato seleccionado.

➡️ Gastos o acciones que cubre

Línea 1:

  • Podrán ser objeto de subvención, siempre que se celebren a jornada completa, los contratos indefinidos iniciales o los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cuando, en este último caso, se celebre por su duración máxima legal de 12 meses.
  • Los contratos deberán celebrarse para el desempeño de puestos de trabajo que se adecúen a la titulación universitaria, de formación profesional del sistema educativo o de formación profesional para el empleo de la persona contratada, debiendo quedar ésta encuadrada, al menos, en uno de los siguientes grupos de cotización:
    • Para contratos subvencionados en función de la titulación universitaria de la persona contratada: grupos del 1 al 3.
    • Para contratos subvencionados en función de la titulación de formación profesional de la persona contratada: grupos del 5 al 9.
  • La remuneración bruta deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior, en cómputo anual y para una jornada completa, a las cuantías resultantes de multiplicar el salario mínimo interprofesional anual con 14 pagas vigente en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria por los coeficientes que se indican en la convocatoria, en función de la titulación académica.

Línea 2:

Podrán ser objeto de subvención, los contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido inicial o de duración determinada siempre que, en este caso, tengan una duración inicial prevista de al menos 12 meses que sean suscritos con personas jóvenes desempleadas.

  • La remuneración bruta deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior, en cómputo anual y para una jornada completa, al salario mínimo interprofesional anual con 14 pagas vigente en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.
  • El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quién puede pedirla

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Aragón.

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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