¡Atención! Llega el programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero en Castilla y León.
Objetivo de la ayuda
Las ayudas contempladas en esta orden tienen como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de impulso de la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería (III) correspondiente a la inversión C3.I4 en el ámbito del componente 3 y el marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siendo su objetivo el de mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social.
Características de la ayuda
➡️ Plazos
Hasta el 6 de noviembre de 2023.
➡️ Montos
Presupuesto de la convocatoria 3,014,250.79 €.
La intensidad máxima de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles. No obstante, este límite podrá incrementarse, según disponibilidad presupuestaria, 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas.
No se concederán ayudas a los proyectos solicitados cuando la cuantía de este no supere un importe mínimo de 5.000 euros.
La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 euros.
➡️ Gastos subvencionables
- Serán inversiones elegibles los proyectos que contemplen la adquisición de licencias de software, maquinaria y equipos agrarios
- La maquinaria y equipos subvencionables deben reunir los siguientes requisitos:
- Deben ser máquinas y equipos de primera adquisición.
- Tendrán que ser compatibles tecnológicamente con las máquinas auxiliares presentes en la explotación.
- Su adquisición irá orientada a alguno de los objetivos siguientes:
- Mejora de la gestión ganadera.
- Reducción del uso de productos químicos, en particular productos fitosanitarios y fertilizantes.
- Control de trazabilidad y calidad en los cultivos en la fase de siembra y en el laboreo. Reducción de la erosión.
- Control de trazabilidad y calidad en la recolección.
- Reducir la emisión de gases de efecto invernadero y la disminución combustible necesario.
- Se consideran subvencionables los gastos de contratación de los servicios de asesoramiento especializado en el uso de la maquinaría y dispositivos para la aplicación práctica de las tecnologías objeto de este programa de apoyo, cuyo importe máximo no superará en ningún caso el 10% de la cuantía correspondiente al proyecto de inversión solicitado
Beneficiarios del programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0
- Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tengan la consideración de pymes.
- Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de pymes.
Puedes consultar aquí las bases.
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