Atención llega la Subvención para el trabajo a distancia en Castilla-LA Mancha.
Destinada a personas trabajadoras autónomas y las pymes.
En este artículo, les explicamos la características de estas ayudas.
Objetivo de la Ayuda
La finalidad de estas subvenciones es apoyar la realización del trabajo a distancia de las personas asalariadas a cargo de personas trabajadoras autónomas y de las pequeñas y medianas empresas.
Esto como medida, para favorecer la conciliación familiar y laboral, asegurar el nivel de empleo, así como para proteger a la persona trabajadora frente a cualquier eventualidad que se produzca.
Características de la ayuda o subvención
Plazos:
Fecha limite de presentación: 02/10/2023
Plazo de resolución: 1 mes
Montos:
- La cuantía de la subvención se establece en 700 euros por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo en los que la prestación se realice a distancia.
- La cuantía de la subvención se establece en 3.000 euros para cada contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.
- Y la cuantía de la subvención de los apartados 1 y 2, se incrementará un 20% si:
- la persona que ocupará el puesto de trabajo a distancia es una mujer o
- si la persona que ocupara el puesto de trabajo a distancia tiene una discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33% y que requiera adaptación del puesto para su desempeño
- No existe límite de trabajadores a presentar.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha
Obligaciones
Mantener en el puesto a la persona trabajadora correspondiente durante al menos doce meses efectivos a contar desde la fecha de transformación del puesto de trabajo o la fecha de contratación del nuevo puesto de trabajo.
Si se extinguiera la relación laboral antes del cumplimiento de ese periodo, la persona o empresa beneficiaria deberá sustituir a la persona trabajadora por la que se percibió la subvención por otra persona trabajadora en ese mismo puesto de trabajo.
La empresa deberá suscribir un acuerdo con la persona sustituta en los mismos términos y condiciones que la empresa pactó con la persona sustituida.
También debe aportar dicha documentación con la comunicación que se realice al efecto en un plazo de 30 días desde que se produjo la extinción.