¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo en Castilla-La Mancha.
Para qué es la subvención
La finalidad de estas subvenciones consiste en crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la formación y la contratación de las personas desempleadas, así como actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir las situaciones de exclusión social, posibilitando realizar con ellas acciones de orientación laboral y de formación profesional en el ámbito laboral.
En qué consiste la subvención para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo
➡️ Plazo
Hasta el 30/01/2026.
➡️ Líneas
Línea 1. Ayudas para la contratación por las entidades locales, entidades vinculadas o dependientes de las mismas y agrupaciones de municipios.
Línea 2. Ayudas para la formación profesional en el ámbito laboral.
Línea 3. Ayudas para la contratación de las personas titulares del cheque empleo.
Línea 4. Ayudas para la contratación por municipios afectados por situaciones de emergencia o catástrofe.
➡️ Importe
Presupuesto de la convocatoria: 73.200.000 €.
Con carácter general, las cuantías de ayuda para la Línea 1 son:
| Duración del contrato | Importe subvención / contrato | Importe diario subvención |
| Subvención contratos de 90 días | 4.110 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 120 días | 5.480 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 150 días | 6.850 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 180 días | 9.300 € | 51,66 € |
| Subvención contratos de 240 días | 13.870 € | 57,79 € |
Línea 2: la cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.
Línea 3:
- La cuantía de la subvención por cada contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios realizado será de 8.000 € y la cuantía de la subvención por cada contrato indefinido será de 10.000 €.
- En el caso de personas contratadas a tiempo parcial, el importe se reducirá en función de la jornada pactada.
Línea 4
- En el caso de municipios de Castilla-La Mancha que hayan sido declarados como afectados por la DANA y aquellos otros que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, el importe total de la subvención no podrá superar el equivalente a 25 contratos de 180 días de duración.
- En los demás casos, tratándose de municipios que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, sean declarados por las autoridades competentes como afectados por situaciones de catástrofe, el importe total de la subvención no podrá superar el equivalente a 10 contratos de 180 días de duración.
Para la Línea 4 la cuantía total de la subvención vendrá determinada, en función de la duración del contrato, en los siguientes términos:
| Duración del contrato | Importe subvención / contrato | Importe diario subvención |
| Subvención contratos de 90 días | 4.110 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 120 días | 5.480 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 150 días | 6.850 € | 45,66 € |
| Subvención contratos de 180 días | 9.300 € | 51,66 € |
➡️ Gastos o acciones que cubre
Línea 1: los costes de las contrataciones.
Línea 2:
- Acciones conducentes a la obtención de los certificados profesionales, referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de nivel 1 y de nivel 2, completos o por Módulos formativos.
- Otras especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados profesionales.
Línea 3: serán subvencionables los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios y los contratos con carácter indefinido, excepto los contratos fijos-discontinuos, formalizados con personas titulares del título “Cheque Empleo” que, en el momento de la contratación, se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha.
Línea 4:
- El importe de la subvención concedida por contrato de trabajo irá destinado a sufragar el coste laboral, considerando como tal a los efectos de la presente orden el total de las retribuciones, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, más las correspondientes cotizaciones empresariales a la Seguridad Social de la persona trabajadora.
- Cuando se origine una incapacidad temporal por contingencias comunes, se subvencionará el importe correspondiente a la cuantía que deba abonar la entidad beneficiaria en los primeros quince días.
Quién puede pedirla
Línea 1: las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.
Línea 2: las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación. En el caso de que estas entidades no sean entidades locales, deberán suscribir el correspondiente acuerdo con una o varias de las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en la línea 1.
Línea 3: las empresas, las entidades sin ánimo de lucro, las personas trabajadoras autónomas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes, que realicen contrataciones por tiempo indefinido o contratos formativos.
Línea 4: los municipios de Castilla-La Mancha que hayan sido declarados como afectados por la DANA, así como aquellos otros que, dentro del plazo de presentación de solicitudes sean declarados por las autoridades competentes como municipios afectados por situaciones de emergencia o catástrofe.
Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!
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