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C. Valenciana — Subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria

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¡Atención! Ya están aquí las subvenciones para la integración cooperativa agroalimentaria de la Comunidad Valenciana.

Para qué es la subvención

El objetivo de la subvención es fomentar la integración cooperativa agroalimentaria en la Comunidad Valenciana, proporcionando apoyo financiero a las entidades que desarrollen proyectos en este ámbito.

La ayuda está destinada a facilitar la creación y consolidación de cooperativas, promoviendo así el desarrollo económico y social de la región, así como la inclusión laboral de personas con diversidad funcional, en cumplimiento de la normativa vigente.

En qué consiste la subvención para la integración cooperativa agroalimentaria

➡️ Plazo

Abierta hasta agotar fondos.

➡️ Importe

Presupuesto de la convocatoria: 1.930.000 €.

La cuantía de la subvención no podrá superar el 50% del gasto subvencionable.

El importe máximo de la subvención es de 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

➡️ Gastos o acciones que cubre

  • Inversiones materiales: construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles, maquinaria y bienes de equipo, elementos móviles y programas informáticos.
  • Gastos amortizables: gastos de constitución de la nueva entidad y asesoría para la preparación del proyecto de integración y de la inversión auxiliable.
  • Alquiler de inmuebles: destinados a oficinas y material consumible.
  • Servicios: comunicaciones, energía eléctrica, suministro de agua y limpieza de locales.
  • Asesoramiento: jurídico, fiscal, laboral y elaboración de auditorías.
  • Retribuciones: personal técnico, personal de administración y dirección directamente relacionado con el proyecto, gastos de formación necesarios para adaptarse a la nueva estructura y gastos de personal derivados de la adecuación de las plantillas laborales.
  • Dietas y gastos de viaje: relacionados con el proceso de integración y alquiler de vehículos.
  • Gastos de amortización: de los activos que sea necesario desinvertir debido a la integración, avalados por el informe de auditoría correspondiente.
  • Honorarios técnicos y estudios: estudios de viabilidad, gastos de constitución de la nueva entidad, asesoría para la preparación del proyecto de integración y de la inversión auxiliable, adquisición de patentes o licencias, y obtención de permisos.
  • Honorarios de servicios: arquitectura, ingeniería, y consultoría (no podrán superar el 12% del coste total de la inversión).

Quién puede pedirla

Los beneficiarios de la ayuda son entidades que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Pueden ser cooperativas agroalimentarias, sociedades mercantiles, grupos cooperativos o entidades resultantes de procesos de integración de cooperativas.
  • Deben estar al corriente en las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, salvo oposición expresa.
  • Deben cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con diversidad funcional, o en su caso, acreditar la exención de dicha normativa.
  • Deben presentar declaraciones responsables que acrediten que no están incursas en prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003, así como sobre ayudas recibidas o solicitadas para los gastos subvencionables.
  • Deben presentar la certificación sobre los órganos de gobierno y representación de la entidad, así como la copia del CIF y las cuentas anuales del último ejercicio cerrado.
  • Deben presentar un plan de integración que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
  • Deben detallar los gastos previstos agrupados por partidas presupuestarias, respaldados por facturas proforma o presupuestos.
  • Deben realizar una autobaremación teniendo en cuenta los criterios de selección establecidos en la normativa.

Si quieres más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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