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Ayudas sujetas al Reglamento general de exención por categorías (RGEC) — Nacional

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¡Atención! Llegan las ayudas sujetas al reglamento general de exención por categorías (RGEC).

Objetivo de la ayuda

Avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i.

Características de las ayudas sujetas al RGEC.

➡️ Plazos

Desde el 30 de enero de 2024, hasta el 20 de febrero de 2024.

➡️ Montos

Presupuesto de la convocatoria: 200.000.000€.

El presupuesto financiable por entidad participante y proyecto se limitará a un máximo de 15.000.000 €.

Las entidades pertenecientes al sector público recibirán las ayudas en la modalidad de subvención, anticipo reembolsable FEDER o una combinación de ambas.

Los organismos de investigación privados recibirán las ayudas en la modalidad de subvención.

Las empresas pertenecientes al sector privado sólo podrán obtener ayuda en forma de préstamo y el importe máximo podrá cubrir hasta el 95 % de los costes financiados.

Las asociaciones empresariales sectoriales recibirán ayuda en forma de préstamo, y el importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95 % de los costes financiados.

Para las empresas del sector público, cualquiera que sea su tamaño, la intensidad de ayuda máxima será del 40 % y recibirán la ayuda en forma de subvención.

Para empresas privadas la intensidad será:

  • 60% para pequeñas empresas
  • 50% para mediana empresa
  • 40% para gran empresa

➡️ Gastos subvencionables

  • Costes de personal
  • Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero («leasing»), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la actuación.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares directamente derivados de la realización del proyecto.
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas
  • Costes de patentes
  • Costes de consultoría de gestión del proyecto
  • Contratos y asistencias técnicas
  • Costes de movilidad.

Beneficiarios

Entidades públicas, autónomos o emprendedores, asociaciones o fundaciones, pymes y grandes empresas.

 

Puedes consultar aquí las bases.

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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