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C. Valenciana — Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE 5000)

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Atención, llegan las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE 5000) en la Comunidad Valenciana.

 

Objetivo de la ayuda

La realización de actuaciones de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, de actuaciones de mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria, así como de actuaciones de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, que favorezcan la reducción del consumo de energía primaria no renovable y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

 

Línea de actuación

3 líneas de actuación:

  1. Mejora de la envolvente térmica.
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas 
  3. Mejora de las instalaciones de iluminación.

 

Características de las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (PREE 5000)

➡️ Plazos

Hasta el 31 de diciembre de 2023.

➡️ Montos

Presupuesto de la ayuda: 6.135.860€.

➡️ Gastos subvencionables

  • Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del certificado de eficiencia energética – Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.
  • Los costes de la redacción de los proyectos técnicos. 
  • Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones. – Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones. 
  • La inversión en equipos y materiales efectuada. 
  • Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas. 
  • Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones. 
  • El informe del auditor sobre la cuenta justificativa, cuando sea preceptivo. 
  • El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto del ayuda emitido por un organismo de control o entidad de control. 
  • Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación. 
  • La retirada del amianto, cuando por motivo de la actuación sea necesario retirar aquellos productos de construcción que contengan amianto. 
  • Los costes para implantar las medidas correctoras que se adoptarán para cumplir los criterios de la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente», publicada por el Ministerio para la Transición y el Reto Demográfico

➡️ Otros datos de la ayuda

Se entenderá por municipios de reto demográfico los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.

  • Opción A: incentivos destinados a intervenciones en edificios completos existentes, incluidas las viviendas unifamiliares. 
  • Opción B: incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio existente. 
  • Los tipos de edificios pueden ser: 
    • Edificios de vivienda unifamiliar. 
    • Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda. 
    • Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

 

Beneficiarios

  • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a los usos establecidos.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios 
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. 
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa. 
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos. 
  • Las entidades locales. 
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

 

Puedes consultar aquí las bases.

Si deseas más información sobre esta ayuda o quieres tramitarla. ¡Aquí estamos para ayudarte!

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