Atención llegan las ayudas para la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i en la Comunidad de Madrid.
Si tienes una empresa en La Comunidad de Madrid, esta subvención para el fomento de la cooperación en materia de I+D+i puede interesarte.
Objetivo de la Ayuda
Fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por consorcios en la Comunidad de Madrid.
Línea de actuación de las ayudas para la mejora de la cooperación público-privada en materia de I+D+i
- Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
- Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
- Proyectos de desarrollo experimental, entendiendo por tal la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios, incluidos los prototipos. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.
- Proyectos de investigación fundamental entendiendo por tal trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin perspectivas de aplicación o utilización comercial directa.
Características de la ayuda
➡️ Plazos
Apertura el 28/08/2023 y cierre el 15/09/2023
➡️ Montos
Presupuesto mínimo del proyecto 3.000.000€
➡️Gastos y acciones subvencionables
- Costes de personal. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio derechos de propiedad industrial y/o intelectual y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
- Costes indirectos de las empresas que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gastos, mediante aplicación de un porcentaje fijo que no podrá ser superior al 15% del importe de los costes directos del personal que resulten subvencionables. En ningún caso se considerará gasto subvencionable el IVA.
➡️ Otros datos de la ayuda
Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable total para la agrupación, medio por anualidad, igual o superior a 1.500.000 €. Es decir, para una duración mínima de proyecto de 24 meses se establece un presupuesto mínimo total de 3.000.000 €. La intensidad máxima de ayuda por tipo de proyecto y entidad será calculada de forma individualizada para cada miembro de la agrupación. El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividades de los mismos, se iniciará al día siguiente a la notificación de la resolución de concesión a la entidad beneficiaria y tendrán una duración mínima de 24 meses y máxima de 36 meses.
Beneficiarios
Las agrupaciones, que estarán constituidas como mínimo por: Una empresa tractora, que tendrá que ser gran empresa, dos empresas consideradas PYME, un Organismo de investigación, bien como miembro de la agrupación o como entidad subcontratada. sTodos los miembros de la agrupación deberán tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Aquí puedes encontrar las bases.
Si deseas más información o quieres tramitar la ayuda . Aquí estamos para ayudarte.